El Gobierno ha confirmado a Bruselas que va a poner en revisión una batería de beneficios fiscales que actualmente se aplican sobre impuestos como el IRPF, el IVA o el Impuesto de Sociedades. Y entre ellos está la bonificación por el alquiler de viviendas que se aplican tanto propietarios como inquilinos en la declaración de la renta.
Según explica el Programa de Estabilidad 2019-2022 que mandó el Ejecutivo de Pedro Sánchez a la Comisión Europea el pasado 30 de abril, documento que además incluye una subida de la previsión fiscal desde el 35,1% actual hasta el 37,3% en 2022, este año se desarrollará un proceso de revisión sobre 13 beneficios fiscales, que el Ministerio de Economía define como “instrumentos de política fiscal que persiguen determinados objetivos económicos y/o sociales, mediante ahorros o mejoras en la renta de personas físicas y jurídicas a través de reducciones en sus cuotas tributarias. Y, por tanto, conllevan una minoración de la recaudación tributaria”.
Por este motivo, el Gobierno insiste en la necesidad de “conocer su efectividad resulta crucial para poder diseñar un sistema tributario que alcance sus objetivos de manera óptima”, y revisará un total de 13 beneficios fiscales cuyo impacto en el gasto público asciende a 57.187 millones de euros. Estos son los incentivos que se van a revisar y el importe que suponen para las arcas públicas, según los cálculos de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), que será el organismo encargado de hacer esta ‘auditoría’:
Beneficio fiscal | Impuesto | Gasto (millones €) |
Reducción por rendimientos del trabajo | IRPF | 2.575 |
Reducción por arrendamiento de vivienda (propietario) y deducción por alquiler (inquilino) | IRPF | 1.080 |
Reducción por aportaciones a sistemas de previsión social | IRPF | 1.630 |
Tributación conjunta | IRPF | 2.140 |
Deducciones por donativos | IRPF | 500 |
Deducciones de carácter social (maternidad, familia numerosa, discapacidad) | IRPF | 4.800 |
Incentivos a la I+D+i | Sociedades | 355 |
Tipos reducidos | Sociedades | 395 |
Donaciones | Sociedades | 127 |
Tipos reducidos | IVA | 25.600 |
Exenciones sociales del artículo 20 de la LIVA: sanidad y educación | IVA | 9.010 |
Exención de los servicios financieros | IVA | 7.040 |
Tipos reducidos en el Impuesto de Hidrocarburos (gasóleo y gasolina) | Imp. Especiales | 1.935 |
TOTAL | 57.187 |
Como se aprecia en la tabla, además de las deducciones por maternidad, familias numerosas, discapacidad, aportaciones a sistemas de previsión social o donativos, uno de los incentivos que está bajo la lupa del Gobierno es la reducción por el alquiler de una vivienda que actualmente pueden aplicarse en la declaración de la renta tanto arrendadores como inquilinos, cuyo impacto en el gasto social es de 1.080 millones de euros. Y es que, aunque estaba previsto que se llevara a cabo un proceso de revisión del gasto público en materia de beneficios fiscales (incluidos los relacionados con la vivienda), lo que no estaba claro era qué tipo de incentivos iban a revisarse.
Recordemos que el arrendamiento de una vivienda tiene diferentes reducciones, siempre y cuando se cumplan unos criterios, y que el importe varía dependiendo de la CCAA en la que se ubique la casa.
El inquilino, por ejemplo, tiene a su alcance una deducción autonómica en casi todas las regiones (están destinadas principalmente a jóvenes, discapacitados o mayores con determinada renta), además de la deducción estatal siempre que su contrato de arrendamiento sea anterior al 1 de enero de 2015 (a partir de dicha fecha se eliminó), que consiste en un 10,05% las cantidades pagadas en el ejercicio fiscal, siempre que la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.020 euros.
En el caso del arrendador, la reducción es del 60%, y se calcula sobre el rendimiento neto positivo que haya obtenido por el alquiler de la casa (para ello, debe deducir a los ingresos obtenidos los gastos relacionados con el inmueble alquilado o hayan sido necesarios para obtener los ingresos). El benficio fiscal está reservado al arrendamiento de una vivienda habitual.
Más presión fiscal
El Ejecutivo de Pedro Sánchez confía en la mejora económica y en subidas de impuestos como fórmula para aumentar los ingresos públicos. De hecho, en el Programa de Estabilidad recalca que «la ratio Ingresos/PIB aumenta desde el 38,9% en 2018 hasta el 40,7% en 2022. Este incremento paulatino del peso de los ingresos públicos sobre el PIB responde tanto a la favorable evolución de la economía, que impulsa el crecimiento de las bases imponibles y la recaudación, como a la estrategia del Ejecutivo de incrementar la recaudación agregada con el objetivo de ir acercando los niveles de tributación de España a la media de los países de nuestro entorno».
El objetivo, insiste el documento, «es que quienes disponen de mayor riqueza contribuyan de forma equitativa en un modelo fiscal progresivo, donde cada uno aporte en función su capacidad y reciba en función de su necesidad, preservando a la clase media y trabajadora, que es la que ha soportado con su esfuerzo los momentos más duros de la crisis».
Por ejemplo, y en lo que a subidas de impuestos se refiere, el Gobierno eleva la presión fiscal desde el 35,1% actual hasta el 37,3% en 2022, aunque solo detalla las alzas que ya estaban contempladas en los Presupuestos Generales de 2019, como la limitación de las exenciones en el Impuesto de Sociedades, el incremento del IRPF para las rentas altas, el incremento del Impuesto de Patrimonio, la creación del tributo a las transacciones financieras y a determinados servicios digitales, o las nuevas medidas de lucha contra el fraude fiscal. Entre todas las subidas previstas, el Gobierno prevé ingresar unos 5.654 millones de euros adicionales.